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Academia de Abogados de Adopción y Reproducción Asistida

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Inicio > Reproducción asistida (ART) > Procedimientos de filiación

Procedimientos de filiación

La forma en que se establecerá la filiación legal de cualquier niño nacido de la reproducción asistida debe establecerse desde el principio del acuerdo. Esto es absolutamente crucial para garantizar que el padre o los padres previstos tengan plenos derechos parentales sobre el niño, y que la portadora gestacional o la madre de alquiler (y el cónyuge, si lo hay) no tengan derechos o responsabilidades parentales. La forma de establecer la paternidad legal depende, por lo general, de la legislación del estado en el que vaya a nacer el niño. Esto significa que las partes deben (1) consultar y contratar a un abogado en ese estado, y (2) establecer dónde nacerá el niño como parte del acuerdo, para que todos puedan planificar en consecuencia.

  • Órdenes previas al nacimiento. Algunos estados permiten que los tribunales emitan órdenes previas al nacimiento en los casos de portadoras gestacionales. Estas "órdenes previas al nacimiento" se obtienen antes del nacimiento del niño y ordenan que los futuros padres sean reconocidos como los únicos padres legales del niño y se incluyan en el certificado de nacimiento del niño. En algunos casos, si un bebé va a nacer en un estado que no emite OBP, pero los futuros padres viven en un estado o el procedimiento de transferencia de embriones se lleva a cabo donde se puede obtener una OBP, entonces se puede obtener una OBP de un estado y luego domesticarla y darle plena fe y crédito en el estado de nacimiento. Este proceso podría requerir algunos pasos legales adicionales después del nacimiento, dadas las diferencias en las leyes estatales.
  • Órdenes de paternidad posteriores al nacimiento. Una orden de paternidad posterior al nacimiento es similar a una orden anterior al nacimiento, excepto que se obtiene después del nacimiento en lugar de antes del nacimiento. La orden de paternidad posterior al nacimiento también establece que los futuros padres son los únicos padres legales del niño, y ordena que se incluyan en el certificado de nacimiento del niño. Para obtener esta orden puede ser necesario realizar pruebas genéticas. Además, si uno de los padres previstos no es un padre genético, a menudo se realizará una adopción por padrastro o madrastra (en cuanto al cónyuge no genético) junto con la obtención de esta orden. Aunque habrá un lapso de tiempo entre el nacimiento del bebé y el establecimiento de la paternidad legal, los futuros padres seguirán teniendo la custodia del niño inmediatamente después de su nacimiento y serán responsables de él. La portadora gestacional o la madre de alquiler pueden firmar un poder notarial (o similar) en el hospital para garantizar que los futuros padres puedan tomar todas las decisiones médicas sobre el bebé.
  • Procesos administrativos. En algunos casos, algunos estados han establecido procesos administrativos que permiten a los padres intencionales establecer la filiación legal de su hijo y poner sus nombres en el certificado de nacimiento, y a los sustitutos (y a sus cónyuges, si los hay) asegurarse de que están exentos de cualquier derecho y responsabilidad parental después del nacimiento. A menudo se trata de formularios y/o declaraciones juradas que se presentan directamente en la oficina de registro civil del estado, para que éste sepa quién debe figurar en el certificado de nacimiento del niño. Cuando se utilizan estos procesos, las partes no obtienen una orden judicial. Por lo tanto, las parejas del mismo sexo siempre deben asegurarse de consultar con su abogado antes de confiar completamente en un proceso administrativo, ya que es aconsejable que las parejas del mismo sexo siempre obtengan una orden judicial para garantizar una protección completa y segura de su filiación.
  • Problemas con la ausencia de relaciones genéticas. En muchos estados, cuando el progenitor o los progenitores previstos no tienen ninguna relación genética con el niño (porque se utiliza un embrión donado o un óvulo y esperma de donante), será necesaria una adopción. En los demás, podría ser posible una orden de filiación (antes o después del nacimiento) basada en la intención de las partes y no en la genética.
  • Futuros padres internacionales. Los futuros padres de otros países que contraten a portadoras gestacionales de Estados Unidos no sólo deben consultar con un abogado estadounidense, sino también con un abogado de su país. Los futuros padres extranjeros deben saber con antelación qué documentos específicos necesitarán para volver a casa con su hijo. También deben consultar con un abogado de inmigración cualificado en su país de origen para asegurarse de que no tendrán ningún problema para establecer la ciudadanía o el estatus legal permanente para el niño en su país de origen. También es posible que quieran contar con la ayuda de un abogado de inmigración estadounidense, para asegurarse de que obtienen el visado estadounidense adecuado para sus visitas a Estados Unidos a lo largo del proceso de gestación subrogada.
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Academia de Abogados de Adopción y Reproducción Asistida (AAAA)
859 Riverside Drive, #9
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T (317) 407-8422
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