Términos y definiciones comunes
Adoptado. Una persona que es adoptada. Algunas personas prefieren los términos "niño adoptado" o "persona adoptada".
Adopción. La transferencia completa de los derechos y responsabilidades parentales de un padre o conjunto de padres a otro. La adopción legal requiere una acción judicial.
Agencia de adopción. Organización, normalmente autorizada por el Estado, que presta servicios a los padres biológicos, a los padres adoptivos y a los niños que necesitan una familia. Las agencias pueden ser públicas o privadas, laicas o religiosas, con o sin ánimo de lucro.
Acuerdo de adopción. El acuerdo en el que los padres adoptivos y los padres biológicos ponen por escrito su entendimiento de los términos de una adopción, incluido el grado de comunicación y contacto que tendrán entre sí y con el niño adoptado.
Ayuda a la adopción. Pagos mensuales de subvenciones federales o estatales para ayudar a los padres adoptivos a criar niños con necesidades especiales y, a veces, grupos de hermanos.
Abogado especialista en adopciones. Abogado que presenta, tramita y finaliza las adopciones en los tribunales. En algunos estados, los abogados también pueden tramitar las colocaciones adoptivas.
Consultor de adopción. Persona que ayuda a los futuros padres adoptivos a decidirse por una vía de adopción y les asiste en la elección de una agencia o un abogado adecuados.
Plan de adopción. La decisión de los padres biológicos de permitir que un niño biológico sea adoptado por una familia adoptiva.
Crédito fiscal por adopción. Un crédito no reembolsable que reduce los impuestos que deben pagar los padres adoptivos que reclaman sus gastos de adopción en su declaración federal de la renta individual (y, en algunos estados, en su declaración estatal de la renta individual). El cálculo del crédito puede incluir los gastos de adopción, los honorarios de la agencia, los honorarios del tribunal, los honorarios del abogado y los gastos de viaje.
El "triángulo" de la adopción (o "tríada" o "círculo" de la adopción). Expresión utilizada para describir las interrelaciones a tres bandas entre los niños adoptados, sus padres biológicos y sus padres adoptivos.
Padre adoptivo. La madre o el padre de un niño adoptado.
Colocación de riesgo. La colocación de un niño con la futura familia adoptiva antes de que los derechos de los padres biológicos se hayan extinguido legalmente.
Padre biológico. La madre o el padre que está relacionado genéticamente con el niño.
Copia certificada. Copia de un documento oficial, como un certificado de nacimiento, un certificado de matrimonio o una sentencia de divorcio, cuya autenticidad ha sido certificada por un funcionario judicial y que lleva un sello original o un diseño en relieve.
Adopción confidencial o adopción cerrada. Adopción en la que los padres biológicos y los adoptivos no se conocen, no intercambian información de identificación y no mantienen contacto entre sí. Los expedientes judiciales también suelen estar sellados.
Confidencialidad. El proceso legalmente requerido de mantener en secreto la información de identificación u otra información significativa. También, la obligación ética que exige a los trabajadores sociales, abogados y otros profesionales no revelar información sobre un cliente sin su consentimiento.
Consentimiento para adoptar o consentimiento para la adopción. El permiso legal de un padre biológico para que la adopción se lleve a cabo.
Adopción designada o adopción identificada. Una adopción en la que los padres biológicos eligen a los padres adoptivos para el niño.
Decreto de adopción. Orden judicial que finaliza una adopción.
Interrupción. Proceso de adopción que se detiene después de que los futuros padres adoptivos hayan asumido la custodia pero antes de la finalización legal (frente a una disolución, véase más adelante).
Disolución. Adopción en la que la relación jurídica padre-hijo se rompe tras la finalización (frente a una interrupción, véase más arriba).
Adopción nacional. La adopción de un niño nacido en Estados Unidos por padres adoptivos que son ciudadanos estadounidenses.
Dossier. Paquete de documentos legales sobre los futuros padres adoptivos que se utiliza en la adopción internacional para tramitar la adopción de un niño o la asignación de la tutela en un tribunal extranjero.
Colocación de emergencia. Una asignación de adopción que se realiza cuando el niño ya ha nacido. También se denomina "situación de nacimiento", "coincidencia hospitalaria" o "caída de la cigüeña".
Prestaciones del empleador. Compensación a los trabajadores a través de programas patrocinados por el empleador, por ejemplo, ayuda financiera, reembolso de los gastos de adopción y/o provisión de permiso parental o familiar.
Futura madre. Una mujer que está embarazada y considera la posibilidad de adoptar a su hijo después de dar a luz.
Facilitador. Persona (normalmente sin licencia estatal) cuya actividad consiste en poner en contacto a los padres biológicos con los futuros padres adoptivos a cambio de una cuota (sólo se permite en unos pocos estados).
Finalización. Es el último paso legal del proceso de adopción. Implica una audiencia judicial por la que la adopción se convierte en permanente y vinculante y durante la cual un juez ordena que los padres adoptivos se conviertan en los padres legales del niño.
Padres de acogida. Adultos con licencia estatal o del condado que proporcionan un hogar temporal a los niños cuyos padres biológicos no pueden cuidar de ellos.
Convenio de La Haya sobre Adopción. El Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional es un tratado internacional para mejorar la responsabilidad, la transparencia, las garantías y la cooperación en la adopción internacional. Sus disposiciones regulan la adopción entre casi 80 países, incluido Estados Unidos.
Estudio del hogar. Estudio de la posible familia adoptiva y de su hogar, experiencias vitales, salud, estilo de vida, familia extensa, actitudes, sistema de apoyo, valores, creencias y otros factores relacionados con la posible adopción. Esta información se resume en un estudio de adopción o informe de estudio del hogar. El contenido y los requisitos de los estudios del hogar varían de un estado a otro.
Difícil de colocar. Niños que las agencias consideran difíciles de colocar debido a trastornos emocionales o físicos, la edad, la raza, la pertenencia a un grupo de hermanos, el historial de abusos u otros factores.
Pacto Interestatal para la Colocación de Niños (ICPC). El ICPC es una ley que establece procedimientos legales y administrativos uniformes que rigen la adopción de niños entre los estados de Estados Unidos.
Información identificativa. Información sobre los padres biológicos o adoptivos que revele su identidad.
Adopción independiente. Adopción organizada de forma privada entre la familia biológica y la familia adoptiva, sin una agencia de adopción.
Adopción internacional. La adopción de un niño no nacido en Estados Unidos por parte de padres adoptivos que residen en Estados Unidos.
Adopción por parentesco. Adopción por un familiar biológico del niño.
Tutor legal. Persona que tiene la responsabilidad legal de cuidar y administrar a una persona (como un hijo menor de edad) que es incapaz de administrar sus propios asuntos.
Colocación de riesgo legal (o colocación de riesgo). Colocación de un niño en una futura familia adoptiva cuando el niño aún no está legalmente libre para la adopción, es decir, los derechos de los padres biológicos aún no se han extinguido.
Adopción abierta. Adopción que implica algún tipo de contacto inicial y/o continuo entre las familias biológicas y adoptivas, desde el envío de cartas a través de la agencia hasta el intercambio de nombres y/o la programación de visitas.
Listados de fotos. Fotos y descripciones de niños disponibles para su adopción.
Colocación. El momento en el que un niño comienza a vivir con los futuros padres adoptivos; el periodo anterior a la finalización de la adopción.
Supervisión posterior a la colocación. La gama de servicios de asesoramiento y de la agencia que se proporciona a la familia adoptiva después de la colocación del niño y antes de que la adopción se finalice en el tribunal.
Adopción privada. Véase adopción independiente.
Agencias privadas. Agencias de adopción no gubernamentales autorizadas por el Estado.
Agencias públicas. Agencias de servicios sociales gestionadas por los gobiernos estatales o de los condados que se ocupan principalmente de los niños en régimen de acogida.
Readopción. En el caso de un niño nacido en el extranjero y adoptado en otro país, se trata de una segunda adopción en un tribunal estatal de Estados Unidos donde reside la familia adoptiva.
Remisión: El documento que identifica a un niño disponible para la adopción.
Adopción por familiares. Véase adopción por familiares.
Renuncia. Es la terminación voluntaria de la patria potestad de un padre biológico. Algunos prefieren la expresión "hacer un plan de adopción".
Reunión. Reunión entre una persona adoptada y sus padres biológicos u otros familiares de nacimiento.
Revocación. El periodo legalmente especificado en el que un padre biológico que ha consentido la adopción puede revocar ese consentimiento y recuperar la custodia de su hijo. El periodo de revocación varía de un estado a otro. En algunos estados, la patria potestad se extingue en el momento de la renuncia y no hay periodo de revocación; en otros, el periodo de revocación es de 30 días.
Información no identificable. Información que permite a la familia biológica y a la adoptiva conocer datos pertinentes sobre la otra sin revelar quiénes son o cómo se puede contactar con ellos.
Adopción abierta o adopción cooperativa. Una adopción en la que los padres biológicos y los padres adoptivos tienen contacto entre sí antes y/o después de la colocación del niño adoptado.
Servicios posteriores a la adopción. Diversos servicios prestados tras la finalización de la adopción, como asesoramiento, servicios sociales y eventos y salidas de la familia adoptiva.
Búsqueda. Un intento de localizar y/o establecer una conexión con un padre biológico o un hijo biológico.
Adopción semiabierta. Adopción en la que los padres biológicos del niño y los padres adoptivos pueden reunirse una o dos veces, pero sólo intercambian información no identificable.
Niños con necesidades especiales. Un niño con necesidades médicas, mentales, emocionales, de comportamiento o educativas que podrían requerir una atención continua adicional, y que las agencias pueden considerar difíciles de colocar.
Adopción transracial. Adopción en la que el niño y los padres adoptivos no son de la misma raza.
Niños en espera. Niños del sistema público de bienestar infantil que no pueden volver a sus hogares de origen y necesitan familias permanentes y afectuosas que les ayuden a crecer seguros y protegidos.