Gastos de adopción
Es muy importante que se asegure de que cumple con la legislación estatal pertinente cuando considere (y especialmente, cuando pague) los gastos relacionados con una adopción. Estas leyes están diseñadas para garantizar que la decisión de los padres biológicos de dar en adopción a un niño sea una elección informada y voluntaria, libre de influencias financieras indebidas.
Cada estado tiene sus propias leyes que regulan los gastos que los padres adoptivos pueden pagar en relación con una adopción. Estas leyes varían mucho de un estado a otro. Los gastos típicos permitidos son los siguientes: honorarios de la agencia de adopción autorizada por el estado, honorarios legales y costas judiciales, y gastos médicos. Los padres adoptivos también pueden pagar los gastos de viaje de la madre biológica, los gastos de manutención necesarios y razonables de la madre biológica, la ropa de maternidad y un pequeño regalo para la madre biológica. Hay que tener en cuenta que estos gastos sólo pueden permitirse hasta una determinada cantidad de dinero. Violar la ley estatal sobre los gastos permitidos puede poner en peligro la adopción o incluso constituir un delito.
La mejor manera de cumplir con estas leyes es que los pagos se realicen a través de una agencia de adopción o de su abogado de adopción. Debe discutir los gastos previstos con su abogado de adopción para asegurarse de que están permitidos por la ley. Lleve un registro meticuloso de cada céntimo pagado, cuándo, a quién y con qué fin.
Si participa en una adopción interestatal, las leyes de los dos estados regularán potencialmente lo que puede pagar en gastos relacionados con la adopción. Asegúrese de discutir estas cuestiones con su abogado de adopción para que entienda lo que está permitido, antes de hacer cualquier gasto.